Celebramos el décimo aniversario de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) en México, que significó un avance importante para la protección de niñez y adolescencia en general, y en particular de niñez migrante.
Hace 10 años, se hablaba a nivel global en los medios sobre las niñas, niños y adolescentes (NNA) migrantes que llegaban buscando protección a la frontera sur de Estados Unidos, después de atravesar a pie por todo México. Según las estadísticas de autoridades estadounidenses de su año fiscal 2014, en ese año encontraron 68,541 NNA no acompañados, y por primera vez había más niños centroamericanos que mexicanos.1 Por el contexto de movilidad humana en México y la región, y la alta participación de NNA, se consideró necesario incluir un capítulo en la LGDNNA que especificaba las medidas especiales y responsabilidades hacia NNA migrantes en el país.
Resulta interesante comparar la información sobre NNA migrantes del año 2014 con la de 2024. Para dimensionar cuántos NNA migrantes había en cada año y de dónde son, únicamente contamos con información de las autoridades migratorias, es decir, registros administrativos del Instituto Nacional de Migración (INM) convertidos en estadística por la Unidad de Política Migratoria (UPM) de la Secretaría de Gobernación.
En 2014, la UPM publicaba datos sobre “menores presentados ante autoridad migratoria”, que quiere decir que los niños migrantes eran detenidos por el INM. En ese año, se tiene registro de 23,096 NNA de 127,149 personas migrantes (los NNA eran 18% del total). De este grupo, 10,943 NNA eran “no acompañados” (47%), y de ellos, 98% venían de Honduras, Guatemala y El Salvador. Si bien algunas otras instituciones mexicanas atendían NNA en movilidad, como la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) y algunos albergues del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SN-DIF), hasta la fecha no existen datos que puedan dar un panorama más completo. Por esto, los datos de UPM/INM todavía son los que nos dan la mejor idea de la dimensión y el perfil de la infancia migrante en México en años recientes.
Hoy en día, precisamente gracias a la LGDNNA, ya no vemos datos sobre niñez y adolescencia “presentada” (detenida), y las estadísticas oficiales hablan de “NNA en situación de migración irregular”. Los NNA migrantes hoy deben ser representados por la Procuraduría de Protección y canalizados al Sistema DIF, en lugar de ser detenidos por el INM en Estaciones Migratorias. La misma UPM sigue publicando datos con base en registros del INM, y vemos que este año, entre enero y agosto, se registraron a 180,444 NNA. El aumento en el número de NNA migrantes en 10 años puede tener varias explicaciones. Por ejemplo, la situación política y socioeconómica en Venezuela y otros países como Colombia, Ecuador, Chile, Perú y Haití ha hecho que muchas familias, incluidas NNA, llegaran a México, algo que no sucedía en 2014.
Llama la atención que el número y porcentaje de NNA no acompañados identificados por las autoridades mexicanas haya bajado en comparación con las cifras de 2014. En 2024, los 4,383 NNA no acompañados identificados por las autoridades mexicanas representaban solo el 4% del total de NNA identificados (108,444). Si bien cambió la forma en que el gobierno mexicano registra esta población, el contraste con 2014 es claro: en ese año, 10,943 de 23,096 NNA eran no acompañados, el 47%. De la niñez no acompañada identificada en 2024, una gran parte continúa siendo nacional de Guatemala y Honduras: 71% del total de NNA no acompañados. ¿Cómo se podría explicar que el número de NNA no acompañados sea bastante menor? Es difícil tener certeza con los datos disponibles. Además, la “niñez separada”, viajando con personas adultas que no son sus padres, ni siquiera se puede identificar en las estadísticas.
Este breve ejercicio de comparación de datos entre 2014 y 2024 sobre NNA migrantes en México, nos deja algunas reflexiones. En primer lugar, la LGDNNA en su artículo 99 establece que: “El Sistema Nacional DIF deberá diseñar y administrar las bases de datos de niñas, niños y adolescentes migrantes extranjeros no acompañados, incluyendo, entre otros aspectos, las causas de su migración, las condiciones de tránsito, sus vínculos familiares, factores de riesgo en origen y tránsito, información de sus representantes legales, datos sobre su alojamiento y situación jurídica, entre otros”.
Es importante destacar que la información que México publica actualmente sobre NNA migrantes, no tiene la óptica de protección de derechos humanos, sino la de registros migratorios. Esto es problemático, porque no permite entender cuántos NNA son efectivamente representados por las Procuradurías de Protección y están al cuidado de los Centros de Asistencia Social (CAS) o espacios habilitados. Del mismo modo, tampoco permite saber si cuentan con diagnósticos realizados por equipos multidisciplinarios de las Procuradurías, así como medidas de protección y planes de restitución de derechos. Finalmente, no sabemos cuántos NNA migrantes permanecen y se integran en comunidades mexicanas, cuántos son reunificados con familiares en un tercer país o retornados a su país de origen.
Por esta falta de información, en la última revisión de México en agosto de 2024, el Comité de los Derechos del Niño reiteró en sus observaciones que urge mejorar el sistema de información y datos en México, en particular para la recopilación de datos desagregados sobre NNA solicitantes de asilo y refugiados, incluidos niños no acompañados y separados.2
REDIM y KIND coincidimos en que la información sobre NNA en movilidad en México, si es una prioridad dentro de la política pública de infancia, no puede continuar dependiendo de registros migratorios y debe tener la óptica de protección de derechos que tiene la LGDNNA. Finalmente, sin un sistema de información liderado por las instancias de protección de niñez, no sabemos cómo se está determinando el interés superior de NNA migrantes, tomando en cuenta su voz y su participación. Hacemos un llamado a que el gobierno recién electo reitere su compromiso con la niñez migrante, fortaleciendo al camino de los derechos que ya se había marcado con la LGDNNA.